martes, 29 de septiembre de 2015

AEG Carreteras vs Autoridad de Carreteras - Comité de Asuntos Gerenciales - Madamus

Comité Asuntos Gerenciales AAA

A tenor con las determinaciones de hechos y las conclusiones de derecho expuestas en el caso civil número SJ2014CV00186, sala 904 del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior del Centro Judicial de San Juan se declara Con Lugar la Petición Jurada en solicitud de la expedición de un auto de mandamus presentada por la Asociación de Empleados Gerenciales de la Autoridad de Carreteras ordenando a la Autoridad de Carreteras a designar a los funcionarios que le representarán en el Comité Coordinador de Asuntos de los Gerenciales por ser un deber ministerial que no admite discreción.  Se le concedieron a la Autoridad de Carreteras 30 días a partir de la notificación de la sentencia en este caso para cumplir con este mandato.

Este caso fue radicado el 26 de septiembre de 2014 y la sentencia fue notificada el 14 de noviembre de 2014.  Se reclamó, entre otras cosas, la existencia de un deber ministerial dimanante de la Orden Ejecutiva Núm. 5226 del 4 de noviembre de 1988, según enmendada por la Orden Ejecutiva 5409A del 1 de julio de 1989.  El mismo consiste en nombrar los representantes al Comité de Coordinador de los Asuntos de los Gerenciales de la Autoridad de Carreteras.

Es importante hacer notar que el 6 de noviembre de 2014 el actual gobernador de Puerto Rico, Alejandro J. García Padilla, promulgó la Orden Ejecutiva 2014-056 ordenando a todos lo jefes de agencias y Presidentes y/o Directores Ejecutivos de las corporaciones públicas establezcan, en sus respectivas entidades, un Comité Coordinador de los Asuntos Gerenciales con participación de las asociaciones de empleados gerenciales, de empleados gerenciales no afiliados, y funcionarios de la alta administración.  En aquellos casos donde el Comité ya está creado al amparo de los Boletines Administrativos Núm. 5226 y 5409A, como lo es el caso de la Autoridad de Acueductos, deberán asegurarse del cumplimiento con los requisitos de dicha orden ejecutiva.

A la luz de lo antes expuesto tenemos que forsozamente concluir que la Autoridad de Acueductos está próximo a cumplir un año incumpliendo con su deber ministerial de constituir el Comité de Asuntos Gerenciales de la AAA.

Para examinar el contenido de la sentencia en este caso, por favor oprima aqui.

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