martes, 11 de agosto de 2015

Reducción de Días de Vacaciones

 

Firman Orden Ejecutiva para reducir acumulación de días de vacaciones, crear reserva presupuestaria

Firman Orden Ejecutiva para reducir acumulación de días de vacaciones, crear reserva presupuestaria
El pasado 30 de julio, el Secretario de Justicia fungiendo como Gobernador Interino, firmó una orden ejecutiva con el propósito de establecer un plan para reducir la acumulación de días de vacaciones y crear una reserva presupuestaria.
La orden surge por el estado de deterioro progresivo en que se encuentran las finanzas del país, y la falta de efectividad de las fuentes de recaudo que se han establecido.
“Esta Administración ha establecido una estricta política institucional de control y reducción del gasto público. A esos efectos, se ha aprobado legislación y se han tomado medidas administrativas dirigidas a estabilizar la situación fiscal para garantizar la solvencia del Gobierno”, explica la orden.
En detalle, el documento ordena que todos los componentes de la Rama Ejecutiva, corporaciones públicas, la Universidad de Puerto Rico, y las entidades autónomas que sufragan sus propios gastos operacionales, desarrollen de inmediato un plan para reducir la acumulación de días de vacaciones desus empleados, y que creen una reserva presupuestaria de 1.5% de su presupuesto operacional, excluyendo fondos federales, para atender el problema de flujo de caja del Departamento de Hacienda y la liquidez del Banco Gubernamental de Fomento (BGF).
Asimismo, dispone que dicha reserva no estará disponible para gastos, y que una vez realizado el ajuste de la reserva, ningún componente podrá gastar en exceso del presupuesto consignado. Por último, la orden delega en el Secretario de la Gobernación la autoridad para determinar si las reservas puedan ser liberadas parcial o totalmente, conforme a una evaluación trimestral del estado de liquidez del gobierno que realizarán el BGF, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y Hacienda. La creación de la reserva deberá ser certificada por cada componente gubernamental con prueba procedente de cada sistema de contabilidad, en o antes de 31 de agosto de 2015, ante el Secretario de la Gobernación y la OGP.
Solamente se eximirá de estas disposiciones a la AEE, AAA, la Autoridad de Carreteras, a los municipios y al CRIM.

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]

<< Página Principal