Ley Núm. 3-2017
23 de enero de 2017
(P. de
la C. 451)
Para crear la “Ley
para Atender la Crisis Económica, Fiscal y Presupuestaria para Garantizar el
Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico”; a los fines de tomar medidas
temporeras de emergencia necesarias para lograr que el Gobierno de Puerto Rico
siga operando y ofreciendo servicios esenciales a la ciudadanía; establecer
prohibiciones sobre la contratación de los servicios profesionales; encaminar
al Gobierno en la ruta
del manejo responsable de la deuda y sus obligaciones; enmendar la
Sección 2101 de la Ley 120-1994, según enmendada, conocida como “Código de
Rentas Internas de Puerto Rico de 1994,” a los fines de extender la vigencia
del arbitrio a la adquisición de cierta propiedad mueble y servicios; disponer
que todo miembro de una junta o cuerpo rector de una corporación pública, con
excepción de ciertos miembros de la Junta de Gobierno de la Universidad de
Puerto Rico, de la Autoridad de Energía Eléctrica, de la Autoridad de
Acueductos y Alcantarillados, de la Junta de la Corporación del Proyecto Enlace
Caño Martín Peña, y los miembros de la Junta de la Compañía para el Desarrollo
Integral de la Península de Cantera, deberá gozar de la confianza del
Gobernador de Puerto Rico para poder ejecutar y llevar a cabo la política
pública establecida; y para otros fines relacionados.
Para obtener el texto completo oprima aqui.
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