martes, 29 de septiembre de 2015

AEG Carreteras vs Autoridad de Carreteras - Comité de Asuntos Gerenciales - Madamus

Comité Asuntos Gerenciales AAA

A tenor con las determinaciones de hechos y las conclusiones de derecho expuestas en el caso civil número SJ2014CV00186, sala 904 del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior del Centro Judicial de San Juan se declara Con Lugar la Petición Jurada en solicitud de la expedición de un auto de mandamus presentada por la Asociación de Empleados Gerenciales de la Autoridad de Carreteras ordenando a la Autoridad de Carreteras a designar a los funcionarios que le representarán en el Comité Coordinador de Asuntos de los Gerenciales por ser un deber ministerial que no admite discreción.  Se le concedieron a la Autoridad de Carreteras 30 días a partir de la notificación de la sentencia en este caso para cumplir con este mandato.

Este caso fue radicado el 26 de septiembre de 2014 y la sentencia fue notificada el 14 de noviembre de 2014.  Se reclamó, entre otras cosas, la existencia de un deber ministerial dimanante de la Orden Ejecutiva Núm. 5226 del 4 de noviembre de 1988, según enmendada por la Orden Ejecutiva 5409A del 1 de julio de 1989.  El mismo consiste en nombrar los representantes al Comité de Coordinador de los Asuntos de los Gerenciales de la Autoridad de Carreteras.

Es importante hacer notar que el 6 de noviembre de 2014 el actual gobernador de Puerto Rico, Alejandro J. García Padilla, promulgó la Orden Ejecutiva 2014-056 ordenando a todos lo jefes de agencias y Presidentes y/o Directores Ejecutivos de las corporaciones públicas establezcan, en sus respectivas entidades, un Comité Coordinador de los Asuntos Gerenciales con participación de las asociaciones de empleados gerenciales, de empleados gerenciales no afiliados, y funcionarios de la alta administración.  En aquellos casos donde el Comité ya está creado al amparo de los Boletines Administrativos Núm. 5226 y 5409A, como lo es el caso de la Autoridad de Acueductos, deberán asegurarse del cumplimiento con los requisitos de dicha orden ejecutiva.

A la luz de lo antes expuesto tenemos que forsozamente concluir que la Autoridad de Acueductos está próximo a cumplir un año incumpliendo con su deber ministerial de constituir el Comité de Asuntos Gerenciales de la AAA.

Para examinar el contenido de la sentencia en este caso, por favor oprima aqui.

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Bonificaciones en la AAA



Propuesta impropia las bonificaciones en la AAA

La insensibilidad y la enajenación de la actual realidad fiscal se hacen patentes en la resolución de la junta de gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) de destinar medio millón de dólares para bonificar a empleados gerenciales por hacer lo que propiamente su trabajo durante el período de racionamiento de agua.

Que el presidente ejecutivo de la corporación pública, Alberto Lázaro, haya endosado la resolución, “cuando lleguen a la normalidad las finanzas de la Autoridad”, apunta hacia otro ejemplo más de cómo algunos jefes de agencia disponen a capricho del uso de fondos públicos como si estuviéramos atravesando tiempos de bonanza, que ciertamente nunca lo son en el servicio público.

La aprobación por la junta de gobierno de una “moción” para destinar $500,000 al pago de horas extras a 25 empleados gerenciales, o “de confianza” -$20,000 cada uno- que trabajaron durante el plan de racionamiento de agua que comenzó el 20 de mayo pasado denota una falta de transparencia ante un pueblo que no entiende la lógica de esa acción.

Constituye además un indeseable proceder de la alta oficialidad de una entidad gubernamental que en estos momentos mantiene unas debilitadas finanzas y está inmersa en un litigio con el gobierno federal que podría costarle multas de al menos por $37,500 diarios por violar la Ley de Aguas Limpias.

Aturde también escuchar al jefe de la corporación pública favoreciendo la resolución de la junta por tratarse de “no es una cantidad grandísima” en momentos, precisamente, en los que desde La Fortaleza hacia abajo se debate a quién pagar y a quien no, ante la falta de liquidez de un gobierno que en menos de 60 días encarará, como ha sido oficialmente aceptado, una crisis de efectivo.

Igualmente asombra la resolución de la junta de gobierno de una autoridad en crisis que se da en momentos en que otra corporación pública, la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), se ve precisada, por razones económicas, a eliminar las rutas directas que hasta ahora han servido a la población más económicamente vulnerable del área metropolitana cuyos integrantes tienen que trasladarse desde sus hogares hasta el Centro Médico de Puerto Rico y viceversa, en búsqueda de atención médica.

Por lo demás, como acentúa la exdirectora de la Escuela de Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico, Palmira Ríos, aunque los tales empleados gerenciales, o de confianza, no tienen derecho a cobrar horas extras, sus salarios son mayores que el de la plantilla no gerencial. Precisamente, se les paga más -de ordinario, muchísimo más- que al resto de los empleados, precisamente por eso mismo, porque no tienen horas de trabajo específicas.

La resolución del cuerpo rector de la AAA -aunque deberá ser evaluada entre tres y seis meses para analizar si las finanzas de la autoridad permiten la bonificación a 25 gerenciales- es de su faz impropia y podría abrir las puertas a otros abusos, como loha catalogado la doctora Ríos.

Pero hay más en la resolución de la referida junta: también aprobó la posibilidad de hacer unos ajustes en el Plan de Retribución de Empleados de la División de Sistema de Información de la AAA, para beneficiar a 16 de los 26 empleados del referido departamento. De los 16 que se beneficiarían del plan, cinco son empleados de confianza.

Ante la objeción de varios miembros de la junta, se acordó que también se deje el asunto para una próxima reunión del cuerpo directivo para ver el desglose de todos los empleados del sistema, incluyendo sus años de servicio, experiencia y salario actual, lo cual implica que no se hizo antes de aprobar la resolución.

Nadie puede oponerse al mejoramiento en las condiciones de los servidores públicos, pero los momentos que padece el fisco y el pueblo en general demandan la más alta prudencia en el uso de los escasos fondos públicos necesarios para la realización de obra pública vital y la prestación de servicios directos a los ciudadanos.